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6 nuevas reglas que debe saber sobre la relajación del uso de mascarilla este 15 de junio

Personas con una afección médica, de salud mental o discapacidad que les impida usar una cubierta facial no deben utilizarla.
Personas con una afección médica, una afección de salud mental o una discapacidad que les impida usar una cubierta facial no deben utilizarla.
(Gina Ferazzi/Los Angeles Times)
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A unos días de la reapertura esperada de California para relajar las reglas del uso de mascarilla sale una nueva guía.

El Departamento de Salud Pública de California en su página señala que antes de conocer las reglas es necesario que la comunidad recuerde que las personas no vacunadas tienen más probabilidades de infectarse y propagar el virus que se transmite por aire y se concentra en el interior.

Aproximadamente el 15% de la población permanece sin la opción de vacunación (los niños menores de 12 años aún no son elegibles) y el riesgo de exposición e infección a COVID-19 permanecerá hasta que alcancemos la inmunidad comunitaria completa, explica el departamento.

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Para las personas completamente vacunadas, no se requiere cubrirse la cara al aire libre, excepto cuando asiste a eventos al aire libre llenos de gente, como presentaciones en vivo, desfiles, ferias, festivales, eventos deportivos u otros entornos similares, dice la guía.

Para las personas no vacunadas, se requiere cubrirse la cara al aire libre siempre que no se pueda mantener el distanciamiento físico, incluso cuando asisten a eventos al aire libre concurridos, como presentaciones en vivo, desfiles, ferias, festivales, eventos deportivos u otros entornos similares.

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Además, en entornos interiores fuera del hogar, incluido el transporte público, se sigue requiriendo cubrirse la cara independientemente del estado de vacunación, excepto como se describe a continuación.

  • Como se define en la guía para personas completamente vacunadas del CDPH, los individuos completamente vacunados pueden visitar, sin usar mascarilla ni distanciamiento físico, a otras personas completamente vacunadas en ambientes interiores o exteriores; y visitar, sin utilizar cubierta facial ni distanciamiento físico, a aquellos que no estén vacunados (incluidos niños) de un solo hogar que tienen un riesgo bajo de contraer la enfermedad grave por COVID-19 en entornos interiores y exteriores.

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  • Exenciones: Las siguientes configuraciones específicas están exentas de los requisitos de cobertura facial: Personas en un automóvil solas o únicamente con miembros de su propio hogar, individuos que trabajan solos en una oficina o habitación cerrada, aquellos que estén obteniendo un servicio médico o cosmético que involucre la nariz o la cara para el cual sea necesario remover temporalmente la cubierta facial a fin de realizar el servicio, trabajadores que usan protección respiratoria, o personas que están específicamente exentas de usar mascarilla por otra guía del CDPH.
  • Las siguientes personas están exentas de utilizar cubreboca en todo momento: Los menores de dos años. Los niños muy pequeños no deben cubrirse la cara debido al riesgo de asfixia. Personas con una afección médica, una afección de salud mental o una discapacidad que les impida usar una cubierta facial. Esto incluye a individuos con una afección médica para quienes el uso de una mascarilla podría obstruir la respiración o que están inconscientes, incapacitados o no pueden quitarse la cubierta facial sin ayuda. Aquellos con problemas de audición o que se comunican con una persona con problemas de audición, donde la capacidad de ver la boca es esencial para la comunicación. Individuos para quienes el uso de un cubreboca les podría crear un riesgo relacionado con su empleo, según lo determinen los reguladores locales, estatales o federales o las pautas de seguridad en el lugar de trabajo.
  • Para más detalles sobre las reglas visite el sitio web https://www.cdph.ca.gov/Programs/CID/DCDC/Pages/COVID-19/guidance-for-face-coverings.aspx
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