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Desechan a Guzmán amparo contra el Servicio de Administración Tributaria de México

Enrique Guzmán no ha podido impugnar decisión del SAT sobre la inmovilización de sus cuentas bancarias.
(Reforma)
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Una jueza federal desechó hoy una demanda de amparo presentada por el cantante Enrique Guzmán contra el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para impugnar la inmovilización de sus cuentas bancarias, y el subsecuente traspaso de fondos en favor del fisco.

Laura Gutiérrez de Velasco, jueza Séptima de Distrito en Materia Administrativa, resolvió que el amparo es improcedente, y que Guzmán debe promover en cambio un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). El acto reclamado en el amparo es un oficio del SAT fechado el 20 de noviembre, con número de control 400-75-00-01-03-2019-23161, “a través del cual se informa sobre la transferencia de fondos contenidos en mis cuentas bancarias”.

Enrique Guzmán
(Agencia Reforma)
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La resolución judicial no detalla el monto del crédito fiscal fincado por el SAT, ni de la transferencia de fondos aplicada, pero estas medidas son propias de un procedimiento de ejecución, que es la etapa terminal del proceso de cobro a un contribuyente. En su demanda, Guzmán, de 76 años de edad, alegó que estaba pagando “en tiempo y forma” el crédito fiscal identificado con número Z97899, cuando el SAT inmovilizó sus cuentas. Guzmán puede impugnar el desechamiento de su amparo, mediante queja ante un tribunal colegiado de circuito, que tomaría varias semanas para resolver, o puede presentar el juicio de nulidad ante el TFJA, como determinó la jueza.

El pasado 6 de noviembre, Guzmán -cuyo nombre completo es Enrique Alejandro Guzmán y Vargas-, denunció públicamente que el SAT había inmovilizado sus cuentas. “En el caso concreto, se trata de adeudos a cargo del contribuyente, en los cuales ha hecho valer los medios de defensa que tiene a su alcance en estos años, pero que han resultado favorables a la autoridad fiscal”, replicó ese mismo día el SAT en un mensaje vía Twitter.

Para la jueza Gutiérrez de Velasco, los actos del SAT pueden ser impugnados mediante un recurso ordinario de legalidad ante el TFJA, por lo que por ahora no procede acudir a una vía de defensa constitucional como el juicio de amparo.

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