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Proponen en P.Rico pena de 15 años para portadores de armas convictos

El legislador Félix Lasalle Toro presentó hoy un proyecto de ley que fija un término mínimo de 15 años de cárcel para cualquier persona que, habiendo sido previamente convicta por delito grave, tenga, posea o transporte armas de fuego en Puerto Rico.

Según explicó el presidente de la Comisión de Seguridad Publica de la Cámara, el Proyecto de la Cámara 967 -presentado el mes de abril- busca añadir el Artículo 5.22 a la Ley 404-2000, mejor conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico”, a los fines de establecer las nuevas penalidades.

La medida impone una pena de reclusión por un término de 15 años, sin derecho a sentencia suspendida, libertad bajo palabra, beneficios de programas de bonificación o desvío o alternativa a reclusión a cualquier persona convicta de violar la Ley 404 cuando esta tenga antecedentes penales.

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De mediar circunstancias atenuantes, la pena podrá reducirse hasta no menos de 10 años y de mediar agravantes aumentarse hasta un máximo de 20 años.

Resaltando la ola criminal que azota a Puerto Rico en los pasados años, el legislador indicó que algunos de los homicidios involucran el uso ilegal de armas de fuego por parte de personas con expedientes criminales, quienes debido a que no pueden adquirir armas de manera legal, lo hacen a través de terceras personas.

“La realidad es que una persona que evidencia un patrón previo de actividad delictiva y aun así insiste en continuar violentando la ley mediante la posesión ilegal del arma demuestra una actitud de desprecio a la ley que apremia una sanción más severa”, señaló Lasalle Toro.

Y según dijo el representante, en el foro federal, existe una disposición que impone a cualquier persona que haya sido convicta de delito grave en cualquier tribunal estatal o federal una prohibición absoluta de tener en su posesión cualquier arma de fuego o municiones.

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